Última actualización: 14 de septiembre de 2026
Este Código de Ética se aplica a SANIVAC USA, LLC y a todas sus subsidiarias, afiliadas y entidades controladas (en conjunto, la “Empresa”), incluidas todas las operaciones comerciales, divisiones y funciones, entre ellas, sin limitarse a, las operaciones de petróleo y gas, la instalación de estructuras temporales, ventas, mercadotecnia, operaciones, recursos humanos y todas las funciones de apoyo. Es fundamental operar con los más altos estándares éticos, lo que incluye competir de manera justa por los contratos, evitar cualquier práctica que pueda interpretarse como una violación de la letra o del espíritu de las leyes antimonopolio, o que infrinja cualquier ley que regule el proceso competitivo. Usted solo debe operar en las zonas geográficas y prestar los servicios en los que haya obtenido toda la competencia técnica, experiencia, certificaciones, registros, licencias y permisos exigidos por la legislación federal, estatal y local aplicable para las operaciones de petróleo y gas y la instalación de estructuras temporales en dichas jurisdicciones, incluido, entre otros, el cumplimiento de los requisitos del Código de Ocupaciones de Texas (Texas Occupations Code) y de la normativa de la Comisión de Ferrocarriles de Texas (Railroad Commission of Texas). Usted debe garantizar la seguridad de sus empleados, representantes, agentes y del público en general en el desarrollo de sus actividades, en cumplimiento de todos los requisitos aplicables de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA), de las leyes laborales de Texas y de las normas de seguridad específicas de la industria para las operaciones de petróleo y gas. Esperamos que usted y sus agentes demuestren el más alto grado de cortesía profesional al tratar con clientes potenciales, clientes actuales y competidores. El trato justo y abierto hacia el cliente es una prioridad máxima. Con ese fin, la Empresa supervisará y brindará orientación de cumplimiento de acuerdo con el programa de contratistas y proveedores de la Empresa, y tomará las medidas disciplinarias apropiadas contra cualquier contratista, proveedor o agente que no trate a los clientes de manera justa, ética y profesional.
Prohibición de conductas monopólicas: Usted no debe incurrir en ninguna conducta destinada a monopolizar o intentar monopolizar ningún mercado o línea de comercio. Esto incluye, entre otras: (a) precios predatorios o por debajo del costo diseñados para eliminar competidores o impedir la competencia; (b) acuerdos de exclusividad, acuerdos de venta atada o prácticas de empaquetamiento que restrinjan de manera irrazonable la competencia o impidan el acceso de los competidores a los clientes o a los canales de distribución; (c) abuso de posición dominante en el mercado o de poder monopólico; o (d) cualquier otra conducta diseñada para disminuir sustancialmente la competencia o crear barreras de entrada. Todas las estrategias de precios, acuerdos de distribución y prácticas competitivas deben evaluarse para verificar su cumplimiento de las leyes antimonopolio y no deben estar diseñadas para perjudicar o eliminar la competencia.
NUESTROS VALORES FUNDAMENTALES:
La Empresa considera que los valores fundamentales son impulsores importantes del comportamiento, la toma de decisiones y la cultura. A continuación se presentan los valores fundamentales de la Empresa. Cada valor se define de la siguiente manera. Esperamos que todo proveedor, contratista y socio comercial adopte estos valores y los demuestre de manera constante:
Calidad: Nos comprometemos a ofrecer los más altos estándares de mano de obra, materiales y servicio en todas las instalaciones de estructuras temporales y operaciones de petróleo y gas, cumpliendo o superando todas las normas de la industria y los requisitos regulatorios aplicables.
Honestidad: Llevamos a cabo todas nuestras relaciones comerciales con veracidad, integridad y transparencia, proporcionando información precisa a clientes, reguladores y socios comerciales en todo momento.
Competitividad: Competimos con vigor, pero de manera justa, en el mercado, buscando ganar negocios mediante un servicio, una calidad y un valor superiores, y apegándonos estrictamente a todas las leyes antimonopolio y de competencia aplicables.
Transparencia: Mantenemos una comunicación abierta y honesta con todas las partes interesadas, brindando información clara sobre nuestros servicios, capacidades, limitaciones y prácticas comerciales.
Trabajo en equipo: Colaboramos eficazmente con colegas, contratistas, proveedores y clientes para alcanzar metas compartidas y lograr resultados excepcionales en todos los proyectos.
Orientación al cliente: Priorizamos las necesidades, la seguridad y la satisfacción de nuestros clientes en todos los aspectos de nuestras operaciones, esforzándonos por superar las expectativas y construir relaciones a largo plazo basadas en la confianza y en una prestación de servicio superior.
Responsabilidad social: Nos comprometemos a realizar nuestras actividades de manera que respete los derechos humanos, proteja el medio ambiente, apoye a las comunidades en las que operamos y contribuya positivamente a la sociedad, manteniendo los más altos estándares éticos.
INTEGRIDAD EMPRESARIAL Y ÉTICA:
Este Código de Ética se aplica a nivel global a todas las operaciones y actividades comerciales de SANIVAC USA, LLC (la “Empresa”), dondequiera que se realicen. La Empresa y su red de proveedores, distribuidores, agentes, representantes, empleados, contratistas, contratistas independientes, consultores, trabajadores temporales, miembros de la junta, directores y funcionarios ejecutivos comparten el objetivo de contar con prácticas éticas y conformes a la normativa, junto con productos y servicios de alta calidad, lo que permitirá a todos los clientes disfrutar de la experiencia de contar con un socio comercial más seguro, transparente y cumplidor, y contribuir al crecimiento positivo y a la reputación de la industria. Se espera que todos nuestros empleados y socios comerciales (incluidos los miembros de la junta, directores y funcionarios ejecutivos de todos los niveles), socios comerciales, proveedores, distribuidores, agentes, representantes, contratistas, contratistas independientes, consultores y trabajadores temporales cumplan con su acuerdo con la Empresa (el “Acuerdo Aplicable”) y con todas las leyes, normas y reglamentos aplicables que rijan todas sus actividades, incluidas las leyes internacionales contra el soborno (como la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los EE. UU., FCPA), las regulaciones de control de exportaciones, las sanciones internacionales y las leyes anticorrupción aplicables a las operaciones internacionales de petróleo y gas, así como las leyes aplicables de Texas, incluida la Ley de Prácticas Comerciales Engañosas y Protección al Consumidor de Texas (Código de Comercio y Negocios de Texas, Cap. 17). Además de dichas leyes (y de otros aspectos cubiertos en el Acuerdo Aplicable, pero no aquí), este Código de Ética (o “Código”) está diseñado para ayudarle a comprender la manera en que la Empresa realiza (y espera que usted realice) sus negocios, y pretende ser un recurso para ayudar a garantizar que sus acciones se alineen con los valores y las expectativas de la Empresa.
Relaciones con el gobierno e interacciones con funcionarios extranjeros:
Usted debe cumplir con todas las leyes y reglamentos aplicables que rigen las interacciones con funcionarios públicos, incluidos funcionarios de gobiernos extranjeros y organizaciones públicas internacionales. En concreto, usted debe:
- Abstenerse de ofrecer, prometer, dar o autorizar regalos, pagos o beneficios de valor (ya sea directa o indirectamente) a funcionarios de gobiernos extranjeros, empleados de organizaciones públicas internacionales o cualquier persona que actúe en una capacidad oficial para obtener cualquier ventaja comercial, en cumplimiento de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los EE. UU. y de leyes antisoborno similares en otras jurisdicciones;
- Asegurarse de que cualquier cortesía comercial legítima, comida o entretenimiento que se brinde a funcionarios de gobiernos extranjeros cumpla con la ley aplicable y con las reglas de ética del destinatario;
- Mantener registros precisos de todas las interacciones y transacciones con funcionarios de gobiernos extranjeros y organizaciones internacionales;
- Reportar de inmediato al departamento de cumplimiento de la Empresa cualquier solicitud de pagos o beneficios indebidos por parte de funcionarios de gobiernos extranjeros o de organizaciones internacionales.
Los principales temas de ética y cumplimiento que usted debe observar son los siguientes:
Soborno, corrupción y conflictos de intereses:
- No dar ni aceptar pagos ilegales ni incurrir en corrupción. Para los fines de este Código, el soborno se define como ofrecer, prometer, dar o aceptar cualquier cosa de valor, directa o indirectamente, a o de cualquier persona con la intención de influir indebidamente en cualquier decisión o acción comercial. Las comisiones ilícitas (kickbacks) se definen como pagos, recompensas o beneficios otorgados a cambio de un trato favorable, una consideración preferencial o una influencia indebida en transacciones comerciales. Los pagos de facilitación, a veces llamados ‘pagos de engrase’, que son pagos realizados para agilizar o asegurar la ejecución de acciones gubernamentales o administrativas rutinarias, están estrictamente prohibidos independientemente de la costumbre o práctica local. Los pagos prohibidos incluyen cualquier transferencia de dinero, bienes, servicios u otros artículos de valor destinados a influir en decisiones comerciales u obtener una ventaja indebida. La Empresa prohíbe todas las formas de soborno y comisiones ilícitas sin excepción. Además, la Empresa limita los regalos, el entretenimiento y los beneficios al no ofrecer ni aceptar regalos, comidas, entretenimiento, viajes u otros beneficios de más que un valor nominal a o de cualquier parte que haga negocios con la Empresa o busque hacerlos, excepto cuando dichos regalos o beneficios sean: (i) de valor razonable; (ii) poco frecuentes; (iii) habituales en la industria; (iv) otorgados sin la intención de influir indebidamente en decisiones comerciales; y (v) conformes con todas las leyes aplicables y con las políticas organizacionales del destinatario. Nunca deben darse ni aceptarse efectivo ni equivalentes de efectivo;
- Cumplir con las leyes antimonopolio y de competencia;
- Usted no debe participar en acuerdos de fijación de precios ni en conversaciones con competidores sobre precios, descuentos, condiciones de venta o cualquier otra información de precios competitivamente sensible. Cualquier coordinación con competidores en materia de precios está estrictamente prohibida y puede constituir una violación grave de las leyes antimonopolio. Esta prohibición se extiende al intercambio indirecto de información competitivamente sensible a través de terceros, consultores, intermediarios o agentes. Usted no debe utilizar ni ayudar a otros a utilizar ningún intermediario o medio indirecto para comunicar, compartir o coordinar información competitivamente sensible con competidores.
- Todas las empresas conjuntas (joint ventures), alianzas estratégicas, asociaciones o colaboraciones que involucren a competidores deben ser revisadas y aprobadas por las Operaciones Legales y de Cumplimiento de la Empresa antes de su ejecución. Cualquier colaboración propuesta que pueda implicar preocupaciones antimonopolio, incluidas, entre otras, las licitaciones conjuntas, el intercambio de información con competidores o las actividades coordinadas de mercado, requiere una revisión de cumplimiento antimonopolio y la aprobación legal por escrito antes de proceder.
- Competir de manera justa y ética por todas las oportunidades de negocio; y, en caso de duda sobre si una práctica competitiva, una interacción con competidores, una estrategia de precios o un arreglo comercial en particular cumple con las leyes antimonopolio y de competencia, usted debe consultar a las Operaciones Legales y de Cumplimiento de la Empresa antes de proceder.
- Evitar los conflictos de intereses, que se definen como situaciones en las que los intereses personales, financieros u otros tienen el potencial de comprometer, o de parecer que comprometen, el juicio profesional, la objetividad o la capacidad de actuar en el mejor interés de la Empresa, incluidos, entre otros: (i) intereses financieros personales en entidades que hacen negocios con la Empresa o que compiten con ella; (ii) empleo externo o actividades comerciales que interfieran con las funciones en la Empresa; (iii) relaciones personales que afecten las decisiones comerciales; (iv) uso del puesto en la Empresa para beneficio personal; o (v) cualquier circunstancia en la que pueda percibirse razonablemente que los intereses personales influyen en el criterio comercial. Cualquier conflicto de intereses real, potencial o percibido debe divulgarse por escrito y sin demora al oficial de cumplimiento designado o al departamento legal de la Empresa, de inmediato, en cuanto se tenga conocimiento de él. El deber de divulgar los conflictos es continuo, y las personas deben actualizar por escrito sus divulgaciones previas siempre que cambien las circunstancias, se intensifiquen los conflictos existentes o surjan nuevos conflictos. No divulgar ni actualizar la información sobre conflictos de intereses constituye en sí misma una violación de este Código. Al recibir una divulgación de conflicto de intereses, el oficial de cumplimiento o el departamento legal de la Empresa evaluará el conflicto divulgado y, dentro de los treinta (30) días, emitirá una determinación por escrito sobre si: (i) se aprueba que el conflicto continúe con las salvaguardas adecuadas; (ii) se concede una dispensa del conflicto; (iii) se implementa un plan de gestión para mitigar el conflicto; o (iv) la actividad que genera el conflicto debe suspenderse. Todas las determinaciones de aprobación, dispensa y plan de gestión se documentarán por escrito y se conservarán en el expediente personal o comercial de la persona.
- Operar con integridad financiera.
- Regalos, entretenimiento y hospitalidad: No se podrán ofrecer, proporcionar ni aceptar regalos, entretenimiento u hospitalidad si ello pudiera generar la apariencia de influencia indebida o violar las leyes antisoborno aplicables. Todos los regalos, el entretenimiento y la hospitalidad deben ser:
- Razonables en valor y frecuencia;
- Directamente relacionados con fines comerciales legítimos;
- Proporcionados de manera abierta y transparente, con la documentación adecuada;
- Conformes con todas las leyes y reglamentos aplicables; y
- Nunca ofrecidos ni proporcionados a funcionarios gubernamentales sin la aprobación previa por escrito de las Operaciones Legales y de Cumplimiento de la Empresa.
Los empleados, contratistas y socios comerciales deben obtener la aprobación previa por escrito de las Operaciones Legales y de Cumplimiento de la Empresa para:
- Cualquier regalo, entretenimiento u hospitalidad individual con un valor de $100 o más;
- Cualquier regalo, entretenimiento u hospitalidad proporcionado a la misma parte, o recibido de ella, que exceda $250 en valor total dentro de cualquier período de 12 meses;
- Todo regalo, entretenimiento u hospitalidad que involucre a funcionarios gubernamentales o empleados de empresas estatales, independientemente de su valor; y
- Cualquier regalo en efectivo o equivalentes de efectivo, los cuales están estrictamente prohibidos.
Todos los regalos, el entretenimiento y la hospitalidad aprobados deben registrarse con exactitud en los registros comerciales, con la documentación y la justificación adecuadas.
- Contribuciones políticas: La Empresa regula estrictamente las contribuciones políticas realizadas en su nombre para cumplir con las leyes aplicables y mantener los estándares éticos. Se prohíbe a los empleados, contratistas y socios comerciales realizar contribuciones, donaciones o gastos políticos a partidos políticos, candidatos o comités de acción política utilizando fondos o recursos de la Empresa sin la aprobación previa por escrito de las Operaciones Legales y de Cumplimiento de la Empresa. Todas las solicitudes de contribuciones políticas deben incluir:
- La identificación de la organización política o del candidato destinatario;
- El propósito comercial y la justificación de la contribución;
- El monto y el momento propuestos;
- La documentación del cumplimiento de todas las leyes federales, estatales y locales aplicables sobre financiamiento de campañas; y
- La certificación de que la contribución no viola las políticas organizacionales del destinatario.
No podrán realizarse contribuciones políticas a funcionarios gubernamentales en ninguna jurisdicción. Todas las contribuciones políticas aprobadas deben registrarse con exactitud en los registros comerciales y divulgarse de conformidad con la ley aplicable.
- Los empleados deben obtener la aprobación previa por escrito del departamento legal o de cumplimiento de la Empresa antes de participar en cualquier actividad de cabildeo o en interacciones sustantivas con funcionarios gubernamentales, incluidos representantes electos, funcionarios designados o su personal, a fin de garantizar el cumplimiento de las leyes aplicables y de la política de la Empresa.
Registros comerciales y obligaciones sobre información confidencial:
- Proteger la propiedad intelectual y la información confidencial de la Empresa;
- Prohibir el uso de información confidencial de la Empresa o de los clientes para beneficio, provecho o ventaja personal, o para beneficio de cualquier tercero fuera del alcance de los fines comerciales autorizados.
- Proteger la información confidencial de los clientes de acuerdo con las leyes de protección de datos aplicables, lo que incluye mantener las salvaguardas adecuadas y obtener los consentimientos necesarios para el tratamiento de los datos;
- Abstenerse de realizar declaraciones públicas, divulgaciones, comunicados de prensa, publicaciones en redes sociales o comunicaciones a terceros sobre los asuntos comerciales confidenciales, las operaciones, los clientes, la información financiera, los secretos comerciales o la información propietaria de la Empresa sin la autorización expresa previa por escrito de la Empresa;
- Acceder únicamente a su propia información disponible en cualquier sistema, software, portal web o similar administrado por la Empresa, y nunca a la información de otro contratista o proveedor ni a la información confidencial de la Empresa. Se le prohíbe estrictamente divulgar, compartir o comunicar cualquier información confidencial a partes externas, competidores, contratistas no autorizados, proveedores o cualquier personal interno no autorizado sin la autorización expresa por escrito de la Empresa;
- Negarse a solicitar información adicional de inicio de sesión para personal suspendido o cuya relación haya terminado;
- Cooperación en auditorías y acceso a registros: Todos los empleados, contratistas, socios comerciales y representantes deben cooperar plenamente con las auditorías, investigaciones y revisiones de cumplimiento, tanto internas como externas. Esto incluye: (i) proporcionar sin demora acceso a todos los registros financieros, libros contables y documentación de respaldo; (ii) poner al personal a disposición para entrevistas e interrogatorios; (iii) responder oportunamente a las solicitudes y consultas de auditoría; (iv) proporcionar a los auditores información veraz y completa; y (v) no destruir, alterar ni ocultar ningún documento o información relevante para auditorías o investigaciones.
Obligaciones de competencia y prácticas de ventas:
- Respetar las relaciones con clientes conocidas de otros contratistas de la Empresa, no solicitando ni licitando proyectos de la Empresa para clientes de los que usted tenga conocimiento real de que tienen un contrato vigente y activo con la Empresa a través de otro contratista, siempre que esta restricción no se aplique a oportunidades de licitación competitiva anunciadas públicamente ni a solicitudes de propuestas;
- No inducir activamente, por medios indebidos, el incumplimiento de un contrato vigente de la Empresa con otro contratista;
- Abstenerse de la captación indebida de empleados o agentes de otro contratista de la Empresa mediante el uso indebido de información confidencial u otros medios ilícitos; entendiéndose, sin embargo, que se permiten los esfuerzos generales de reclutamiento, las publicaciones de vacantes, las respuestas a solicitudes no solicitadas y la contratación de empleados que se postulen voluntariamente;
- Usted no debe coludirse con competidores en licitaciones ni participar en la manipulación de licitaciones, la rotación de ofertas, los esquemas de ofertas complementarias o cualquier otra forma de manipulación de licitaciones. Todas las ofertas deben prepararse de manera independiente, sin consulta ni coordinación con competidores. Se requiere en todo momento un comportamiento ético en la contratación con clientes y en todos los procesos de licitación de proyectos.
- Implementar procesos sólidos para prevenir las malas prácticas de ventas y restablecer la integridad de inmediato si se descubre alguna conducta indebida;
- Exigir a los agentes que cumplan con este Código y sancionar a los agentes por cualquier conducta indebida, según corresponda; y
- Identificarse como agente o representante del contratista (no como agente de la Empresa) y describir con exactitud la relación del contratista con la Empresa.
PRÁCTICAS DE MERCADOTECNIA Y VENTAS:
Licitación de proyectos y relación con los clientes Cumplimiento
- Se espera que usted comprenda los requisitos del cliente para estructuras temporales en ubicaciones remotas de petróleo y gas, incluidos, entre otros, las condiciones del sitio, los factores ambientales, los requisitos de seguridad, el cumplimiento regulatorio de la jurisdicción, las necesidades de capacidad de trabajadores, la infraestructura de servicios públicos y las limitaciones logísticas para el despliegue remoto.
- Nadie en la organización del contratista acosará, amenazará ni incurrirá en conductas poco éticas hacia los clientes, ni utilizará prácticas comerciales engañosas o desleales en la licitación de proyectos o en la negociación de contratos.
- Usted no celebrará contratos con clientes que no cumplan con los criterios de calificación de la Empresa o que carezcan de la autoridad legal para celebrar acuerdos vinculantes. Todos los contratos deben ser firmados por representantes autorizados con plena capacidad legal para obligar a sus organizaciones.
- No se harán declaraciones engañosas sobre las especificaciones de las estructuras, las características de seguridad, el cumplimiento regulatorio, las capacidades de desempeño o las estimaciones de costos; no se darán falsas implicaciones de certificaciones, aprobaciones gubernamentales o afiliaciones con organismos reguladores; y no se tergiversará la experiencia ni las calificaciones en las operaciones de petróleo y gas. Usted debe cumplir con las políticas de la Empresa y con los materiales de orientación de cumplimiento, incluidas las comunicaciones con clientes y las propuestas de proyecto.
Términos clave del contrato con el cliente
Los representantes autorizados deben revisar y destacar ante los clientes los términos clave del contrato, incluidos, entre otros:
- El precio del contrato, los términos de pago y cualquier acuerdo de financiamiento (si corresponde),
- El alcance del trabajo, los entregables, las especificaciones y cualquier servicio adicional u orden de cambio,
- Las disposiciones de terminación y los plazos de aviso aplicables, según lo establecido en el contrato,
- El hecho de que la Empresa proporciona estructuras temporales y servicios relacionados para operaciones de petróleo y gas y no garantiza resultados operativos específicos más allá de las especificaciones y los estándares de desempeño establecidos en el contrato,
- Los términos y condiciones relacionados con la reubicación de estructuras temporales, el traslado de servicios a diferentes sitios y cualquier disposición de garantía aplicable, incluidas las limitaciones geográficas y las restricciones de transferibilidad.
Marca
La imagen de la Empresa se sustenta en el uso correcto y consistente de la marca de la Empresa. La repetición de los estándares de marca genera familiaridad y es la representación más inmediata de nuestra Empresa y de nuestra marca. Nuestra marca es un activo valioso que debe utilizarse de manera consistente, en las formas adecuadas y aprobadas. Usted debe cumplir con los siguientes requisitos de marca:
- Contar con el permiso por escrito para usar la marca y el logotipo de la Empresa, firmado por un representante de mercadotecnia autorizado de la Empresa,
- Enviar a la Empresa, para su aprobación, cualquier material con la marca de la Empresa o con marca compartida antes de su impresión o difusión,
- Apegarse a las pautas de marca compartida de la Empresa en todos los materiales, y
- NUNCA utilizar marcas ni logotipos de ninguna empresa de servicios públicos, municipio, agencia gubernamental o entidad cuasigubernamental en ningún material sin el consentimiento expreso por escrito de dicha organización y de la Empresa.
La Empresa puede brindar acceso a materiales de mercadotecnia, oportunidades de activos de marca compartida y materiales de apoyo aprobados legalmente. El uso de materiales preaprobados garantiza que usted se mantenga dentro de nuestras pautas. Usted debe capacitar a sus empleados, a su administración y a cualquier organización externa con la que trabaje sobre las leyes aplicables, incluidas las políticas y pautas de prácticas de mercadotecnia, ventas y marca antes mencionadas.
DERECHOS HUMANOS Y LABORALES:
Usted demostrará un entorno de trabajo libre de discriminación, abuso y acoso, fuerza o coerción, empleo ilegal o trato inhumano. Se le prohíbe expresamente participar en la trata de personas en cualquier forma, incluidos el reclutamiento, el transporte, el traslado, el alojamiento o la recepción de personas mediante amenaza, fuerza, coerción, secuestro, fraude o engaño con fines de explotación. Se le prohíbe expresamente discriminar a cualquier persona por características protegidas, incluidas, entre otras, la raza, el color, la religión, el sexo, el origen nacional, la edad, la discapacidad, la información genética, la condición de veterano o cualquier otra característica protegida por la ley federal, estatal o local aplicable. Se le prohíbe expresamente utilizar trabajo forzoso, servidumbre involuntaria o cualquier forma de trabajo obligatorio en sus operaciones y en su cadena de suministro. Se le prohíbe expresamente emplear trabajo infantil y debe cumplir con los requisitos de edad mínima conforme al Convenio 138 de la OIT o a la ley local aplicable, el que sea más estricto. Todo trabajo debe ser voluntario y los trabajadores deben ser libres de dejar el empleo con un aviso razonable. Usted debe cumplir con todas las leyes laborales federales y estatales aplicables, incluidas, entre otras, la Ley de Normas Justas de Trabajo (FLSA), la Ley de Pago de Salarios de Texas (Texas Labor Code, Capítulo 61), los requisitos de compensación laboral y todas las leyes aplicables en materia de prestaciones, licencias, salarios y horas, y antidiscriminación. Usted pagará a los agentes y subcontratistas de manera oportuna. Además, usted proporcionará recursos humanos a sus empleados y agentes mediante un proceso de quejas accesible, confiable y justo. Los requisitos aquí establecidos solo se aplicarán en la medida en que sean compatibles con la ley aplicable, y ninguna parte de este Código constituye asesoría legal.
SALUD, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE:
Esperamos que usted mantenga condiciones de trabajo seguras y un entorno laboral saludable para sus trabajadores, lo que incluye comunicar los peligros, prevenir lesiones laborales mediante el suministro del equipo de protección personal adecuado, establecer procesos y programas que impulsen la salud y la seguridad, y establecer procedimientos de trabajo seguros. Usted debe anticiparse a las situaciones de emergencia y estar preparado para ellas, y mitigar razonablemente el riesgo. Confiamos en que usted se conduzca de manera segura y brinde apoyo en materia de seguridad a todos los empleados, agentes y representantes que trabajen con usted. Usted asume todo el riesgo y la responsabilidad asociados con estas acciones. Además, usted demuestra su compromiso con la mejora del medio ambiente y se esforzará por reducir el impacto de sus operaciones, previniendo la contaminación y los residuos, conservando los recursos naturales, reduciendo su huella ambiental e identificando métodos para minimizar los materiales de embalaje y envío.
CUMPLIMIENTO OPERATIVO:
Se espera que usted cumpla con las regulaciones de cada estado y territorio que rigen las licencias y los permisos necesarios para realizar ventas. La publicidad del Distribuidor u otros materiales dirigidos a los clientes deben cumplir con los requisitos de cada jurisdicción, incluido (cuando corresponda) indicar el número de licencia del Distribuidor según se requiera (tarjetas de presentación, vehículos, volantes, espectaculares, etc.), junto con otra información requerida y en el formato exigido por la ley. Usted debe consultar con su asesor legal para asegurarse de que usted y su personal de ventas o proveedores cuenten con las licencias y los registros adecuados, y de que exhiban correctamente las credenciales en cada estado o territorio en el que operen. Usted debe notificar de inmediato a la Empresa cualquier cambio en los números de licencia, el nombre, la situación o el agente calificador.
CUMPLIMIENTO GENERAL:
Usted designará a uno o más miembros de su personal directivo para que sean responsables de evaluar y supervisar el cumplimiento de este Código de Ética y del Acuerdo Aplicable. Usted debe establecer procedimientos internos que respalden el cumplimiento de este Código y revisar dichos procedimientos con sus empleados que realicen cualquier actividad relacionada con los productos de la Empresa. De vez en cuando, la Empresa le solicitará que firme certificaciones de su cumplimiento con los principios de este Código. No devolver oportunamente las certificaciones firmadas es una violación del Código y puede dar lugar a la terminación de la relación comercial con la Empresa. La Empresa o uno de nuestros auditores externos podrá realizar visitas anunciadas para evaluar el cumplimiento del Código o para confirmar que se han tomado las medidas correctivas necesarias. Negar a los auditores el acceso a las instalaciones o a los trabajadores es una violación del Código. Usted desarrollará y mantendrá capacitaciones, políticas o códigos internos para asegurar que sus trabajadores y socios comerciales que colaboren en los negocios de la Empresa comprendan cómo cumplir con este Código. La Empresa podrá exigir periódicamente que usted y sus trabajadores asistan a foros de cumplimiento. No participar en dicha capacitación cuando se solicite es una violación de este Código.
REPORTE DE VIOLACIONES:
Esperamos que usted siempre cumpla con la ley y con la información de este Código. También esperamos que usted reporte de manera oportuna y responsable cualquier violación real o presunta, incluidas las violaciones cometidas por cualquier miembro del equipo o persona que actúe en su nombre, o por cualquier otra persona de la que usted tenga conocimiento. Para reportar una violación o una presunta violación hay varias opciones:
- Comuníquese con el gerente de relaciones de su cuenta en la Empresa
- Comuníquese con la línea de servicio al cliente de la Empresa
- Envíe un correo electrónico a [email protected]
- Escriba a: SANIVAC USA, LLC, Attn: Legal and Compliance Operations (Operaciones Legales y de Cumplimiento)
Usted puede optar por permanecer en el anonimato si llama a la línea de servicio al cliente de la Empresa. Todas las violaciones reportadas que incluyan información específica serán investigadas y se tomarán las medidas apropiadas.
RECONOCIMIENTO:
El cumplimiento de este Código de Ética es una condición esencial de su empleo, contratación o relación comercial con la Empresa. Hemos recibido este Código de Ética y, además de nuestras demás obligaciones contractuales con la Empresa, aceptamos por medio del presente cumplirlo y asegurar que nuestros subcontratistas y proveedores que participen en cualquier trabajo relacionado con la Empresa cumplan con los principios de este Código. El incumplimiento de este Código puede dar lugar a medidas disciplinarias, hasta e incluida la terminación de la relación comercial. Sin embargo, en la medida en que cualquier término aquí contenido sea incompatible con los términos del Acuerdo Aplicable o creara o ampliara cualquier derecho u obligación más allá del alcance del Acuerdo Aplicable, no será vinculante.
Por AR Portable Services.